Resumen | |
[J] | Derecho de asociación y libertad de expresión en partidos políticos. Sanción disciplinaria por negarse a seguir la disciplina de voto con el fin de mediar en la situación personal de un compañero de partido.(publicado en Actualidad Diaria 3998 el 22 de mayo de 2019) |
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El 4 de enero de 2017, D.ª Eva interpuso una demanda contra el partido político Podemos, en la que solicitó que se declarara la nulidad de la sanción de expulsión impuesta por la resolución de la Comisión de Garantías Democráticas de les Illes Balears de 4 de diciembre de 2016, confirmada por la resolución de la Comisión de Garantías estatal de 20 de diciembre de 2016, por vulneración de sus derechos fundamentales a la libertad de expresión, a la participación política y a la igualdad, o subsidiariamente por nulidad del expediente sancionador por las infracciones de las normas procedimentales y estatutarias invocadas en la demanda, y que se le restableciera en todos sus derechos y deberes como miembro del partido político. La sentencia de primera instancia desestimó la demanda. La demandante interpuso un recurso de apelación contra esta sentencia. La Audiencia Provincial desestimó el recurso. El Supremo desestima el recurso. | |
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